En el marco y condiciones determinadas por las regulaciones provinciales, que establecieron en esta fase del aislamiento preventivo el regreso parcial de la construcción privada en la Región, la Municipalidad de La Plata anunció la autorización para reiniciar los trabajos para el caso de VIVIENDAS UNIFAMILIARES.
Dicha autorización regirá para las construcciones que cuentan con Permiso de Obra otorgado según lo establecido en la Ordenanza 10681/10, que podrán continuar con su ejecución, supeditadas al estricto cumplimiento de los Protocolos Sanitarios y de Higiene establecidos en el Decreto y que serán objetos de control por parte del Municipio.
Para formalizarla, propietarios y/o profesionales a cargo de las obras, deberán completar de manera virtual el formulario que se encuentra en la web de la Dirección de Obras Particulares: http://obrasparticulares.laplata.gov.ar/solicitud-de-autorizacion-inicio-d.
VER INSTRUCTIVO
Allí se solicitarán datos básicos de la obra y una declaración jurada donde constará la cantidad del personal afectado a las tareas y su modalidad de traslado, como así también el Certificado Único Habilitante para circulación Covid-19 de todos los individuos intervinientes.
La Dirección General de Obras Particulares emitirá la autorización correspondiente de manera on-line, una vez verificada y evaluada la documentación adjuntada.
Desde el Municipio se advirtió que en caso de denuncias y/o detección del incumplimiento de los protocolos sanitarios correspondientes, se procederá a la clausura inmediata de la obra.
Se recuerda que sigue vigente la posibilidad de solicitar autorización para realizar tareas preventivas o reparadoras por mitigación de riesgo, en obras con permiso otorgado de cualquier escala o condición, solo que desde esta semana se tramitarán no por mail sino a través del formulario anteriormente referido.
NOTAS:
- En relación al cumplimiento de los protocolos, recordamos a los profesionales que se desempeñan como Directores Técnicos de obra, que su misión consiste en inspeccionar el objeto edilicio, no en supervisar las conductas de los constructores que lo realizan, ni de sus dependientes. De tal modo, no revisten carácter de empleadores, ni tampoco de responsables solidarios de los constructores o de sus comitentes. Por tanto recomendamos que sean ellos (a través del Represente Técnico, capataces u otros), o en su defecto el propietario que los contrata, quienes asuman el compromiso de control sanitario del personal en la obra demandado por el Municipio.
- Los constructores y operarios que ejecutan la obra, deberán adjuntar el protocolo UOCRA (VER+) u otro, referido a la tarea que desempeñarán. Los profesionales a cargo de la supervisión de obra, se remitirán al protocolo CAPBA (VER+) referido a su función específica.