El próximo 20 de julio de 2020 vence el plazo para que los monotributistas(*) efectúen la recategorización para el segundo semestre del año 2020.
La recategorización se hará teniendo en cuenta los datos del semestre calendario (enero/junio) y las obligaciones de pago resultantes de la misma, tendrán efectos para el período del mes siguiente al de la recategorización.
Para ello se deberá tener en cuenta: la facturación de los últimos 12 meses (1/7/2019 al 30/6/2020); la energía eléctrica consumida en kilowatts; los alquileres devengados; la superficie afectada a la actividad al 30/6/2020 y el precio unitario máximo para el caso de venta de cosas muebles. (VER TABLAS)
Pasos para realizarla :
1. Ingresar al portal de Monotributo y acceder con CUIT y clave fiscal.
2. Seleccionar la opción "Recategorizarme" y luego la opción "Continuar recategorización".
3. Indicar la opción "Imprimir credencial" y completar el formulario con los nuevos datos. Cuando los datos estén cargados y verificados, finalizar la operación.
El sistema desplegará la constancia de realización del trámite y la credencial para efectuar los pagos con la nueva categoría.
(*) El monotributo es un régimen simplificado que unifica el componente impositivo -IVA y Ganancias- y el componente previsional -aportes jubilatorios y obra social- en una única cuota mensual, haciendo más simple y ágil cumplir con las obligaciones, y se recategoriza dos veces por año (en los meses de enero y julio).