El Capbauno comunica a los matriculados que pueden solicitar el Subsidio Capba 25 años hasta el día 31 de julio de 2015, completando el formulario en la sede del distrito.
Todos los matriculados en actividad o jubilados en la Caja (creada por Ley 5920 y actualmente regida por la Ley 12.490) que no presenten deuda y cumplan con los siguientes requisitos estarán en condiciones de requerirlo.
Para Arquitectos en ejercicio activo de la profesión:
Para Arquitectos jubilados en la Caja:
Accederán a este subsidio todos los pasivos actuales y quienes lo sean en el futuro en la Caja de Previsión actual (Ley 12.490) o en la Caja Propia de los Arquitectos, que acrediten dicha condición. El pedido de subsidio, deberá ser solicitado al Consejo Superior del CAPBA en la forma y bajo las condiciones que la presente Resolución Nº 79 /12 establece.
Cabe recordar que no serán aceptadas las solicitudes presentadas fuera de término o que no cumplimenten los requisitos establecidos por las normas.