Uso de comprobantes electrónicos

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Uso de comprobantes electrónicos

Uso de comprobantes electrónicos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció la obligatoriedad de emitir comprobantes electrónicos originales para todos los responsables inscriptos en el IVA, respecto a las operaciones realizadas en el mercado interno a partir del 1/7/2015.

Dicha resolución alcanza a todos los arquitectos que no son monotributistas y no están sujetos al régimen de controladores fiscales. Abarcando sólo a los profesionales que utilicen las facturas y recibos clase “A”, “M”, “A” con leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA” y/o “M” al igual que sus notas de crédito, débito y facturas. Además, de los recibos, notas de crédito y débito clase “B”.

Para confeccionar los comprobantes electrónicos, los arquitectos deberán solicitar el Código de Autorización Electrónica (CAE) en el sitio web de la AFIP utilizando el programa “AFIP DGI- RECE- RÉGIMEN DE EMISIÓN DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS- Versión 4.0” o a través del servicio “Comprobantes en línea” utilizando la clave fiscal de cada contribuyente.

En tanto, la AFIP dejará sin efecto el régimen de emisión de comprobantes electrónicos en línea (RCEL) desde el 1 de julio de 2015, razón por la cual aquellos que se encuentren incluidos en este régimen serán migrados de manera obligatoria al Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos (RECE).

Más información al respecto: info@capbauno.org.ar.

Régimen de Facturación Electrónica
  • Paso 1 - ¿Cómo adherir al Régimen de EMISIÓN ELECTRÓNICA DE COMPROBANTES?
    Los contribuyentes obligados a emitir comprobantes electrónicamente deberán informar y gestionar ante la AFIP, con una antelación de 5 días hábiles administrativos. La comunicación se realizará mediante la página web de AFIP www.afip.gov.ar , ingresando con clave fiscal al servicio "Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)". La incorporación del contribuyente será publicada en la página web de AFIP www.afip.gov.ar
  • Paso 2 - ¿Cómo emito mis comprobantes electrónicos de Factura Electrónica?
    Puede emitirlos desde su propio sistema de facturación o sin cargo alguno desde el sitio web de la AFIP. www.afip.gov.ar