El Proyecto de Ley de Caja Previsional para Arquitectos que implica la independencia de la política previsional respecto de los profesionales Agrimensores, Ingenieros y volvió a la consideración legislativa desde mediados del año pasado.
Si bien había perdido estado parlamentario, a partir de que el conjunto de leyes involucradas fuera reproducido por iniciativa del Senador Daniel Barrera (Expediente E 183-2016-2017), avanzó para su análisis en la Comisión de Trabajo y Legislación Social, como instancia previa a su llegada al recinto de votación.
La Ley presentada impulsa entre otros aspectos transformar el actual sistema mixto de reparto y capitalización, en otro denominado “Solidario Previsional y de Capitalización Individual de Aportes Excedentes”. Además, platea que el gobierno sea ejercido por el Consejo Superior del Colegio de Arquitectos de la Provincia, que la gestionaría por medio de una Comisión de Administración, integrada por la mesa del mencionado cuerpo y diez afiliados activos designados por cada uno de los Distritos del CAPBA.
Prevé a su vez que los recursos estén constituidos por aportes obligatorios sobre cada tarea profesional, que se elevarían del 10% vigente al 18% de los valores referenciales. Pero a diferencia del sistema actual, integrado en un 9% a cargo del afiliado y el 9% restante a cargo del comitente
Especifica también para los casos de ejercicio profesional exclusivo en relación de dependencia y con afiliación obligatoria a otro régimen previsional, mantener la actual exención del pago de la C.M.A.O.